Minería a Cielo Abierto

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Thursday, July 21, 2005

¿Quién controla el túnel que existe en Pascua - Lama?

El tema de la gran minería en San Juan es una problemática que engloba diferentes aspectos:
a. Impacto ecológico y social.
b. Ecuación económico financiera
c. Consideraciones que tienen que ver con la soberanía nacional enfocada desde distintos ángulos, tanto territorial como fiscal.La trama se entrelaza con complicaciones de orden jurídico que establecen una red que da legalidad a los proyectos sobre nuestra Cordillera, pero que responden a una actitud inmoral y decididamente en contra de nuestros intereses como nación soberana.A través de la presente quisiera hacer hincapié en un hecho prácticamente desconocido y que altera la mente de cualquier ciudadano que aprecie mínimamente a la Argentina.Sin adentrarme en consideraciones ambientales o económicas, que luego afrontaré en otras entregas, y suponiendo que el Proyecto Pascua Lama está perfecto en todos sus sentidos hay un detalle que a todas luces evidencia sospechas de irregularidad, al menos, administrativa y de control por parte del Estado Argentino.A saber, San Juan posee dos pasos permanentes autorizados con la República de Chile, uno el de Agua Negra y el otro el desconocido Túnel de Pascua Lama.Este último restringido a la actividad minera y de uso exclusivo de la Barrick, y repito, Paso Permanente con Chile.Desde el Ministerio del Interior que autoriza al mismo, pasando por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo solicita y continuando por la AFIP, Dirección General de Aduanas y Gendarmería se notifican de la habilitación del mismo para que cada organismo tome los recaudos que hacen al control de este paso fronterizo.Expresamente en Resolución General Nro. 324/1998 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en su artículo 2 expresa: “ Ejercer el control aduanero a través de los funcionarios de la Aduana de SAN JUAN.”
La pregunta que subyace es: ¿Se realiza o se ha realizado algún tipo de control por parte de la Aduana de San Juan?.
Usted ya conoce la posible respuesta.El temor aquí es si la empresa no realiza contrabando, por ejemplo, supongamos que la diferencia cambiaria haga que sea más barato adquirir insumos en Chile, si no existe control aduanero estos serían pasados ilegalmente por el túnel que la empresa posee. Otra posibilidad es que los propios empleados sin conocimiento de las autoridades de la Barrick usen el paso con intenciones de contrabando.El temor no es menor dado que el complejo Frontera de la Barrick que agrupa a Pascua (Chile), Lama y Veladero (Argentina) representan una unidad económica y productiva ( Veladero está a solo 35 km del túnel) que moverá a miles de personas a ambos lados de la cordillera.Si bien las leyes favorecen las exenciones impositivas para estas empresas en muchos rubros, alguien debe controlar el paso. Parece de locos tener que hablar de una cosa tan obvia.Las intolerables violaciones a la soberanía territorial firmadas en los protocolos con Chile (Refrendadas desde Menem hasta Kirchner) llevaron al engendro jurídico que permite que una empresa tenga el status supranacional de andar entre países con sus recursos estratégicos sin control alguno.Como digo, este es solo un aspecto anecdótico, pero da una idea de que a pesar de las concesiones aún quedan resquicios legales para implementar un estricto control, en este caso aduanero y de seguridad nacional.
Juan Carlos
Adjunto Copia de las resoluciones y listado de pasos autorizados.Asunto: Habilitar Paso "PASCUA LAMA" jurisdicción Aduana SAN JUAN.BUENOS AIRES, 30 DE DICIEMBRE DE 1998B.O.: 7/1/99VISTO, lo requerido por la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, mediante Comunicación de fecha 19 de Mayo de 1998, yCONSIDERANDO:Que por la citada comunicación se solicita la habilitación del Paso Fronterizo "PASCUA LAMA", provincia de SAN JUAN con carácter permanente.Que la presente solicitud ha sido propuesta por la empresa "BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS S.A." a la DIRECCION DE LIMITES Y FRONTERAS de la SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.Que por medio de la Resolución (DGA) Nº 56/98 se habilitó el Paso "PASCUA LAMA" hasta el 31 de Diciembre de 1998 de acuerdo a lo oportunamente solicitado.Que la empresa "BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS S.A.", solicita la extensión de la Resolución (DGA) Nº 056/98 a los fines de continuar con los trabajos de exploración en el área delimitada en el Protocolo de Facilitación del Proyecto Minero "PASCUA LAMA" que fuera suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE, otorgándole el carácter permanente.Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 4º, 7º y 11º, del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997 y Disposición Nº 5/97 (AFIP).Por ello;EL DIRECTOR GENERAL DE LADIRECCION GENERAL IMPOSITIVAA CARGO DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSR E S U E L V E :ARTICULO 1º.- Habilitar con carácter permanente el Paso "PASCUA LAMA", Provincia de SAN JUAN, (Lat. 29º 19´ 00" 01 S. - Long. 70º 00´ 50" 21W), jurisdicción de la Aduana de SAN JUAN para las tareas de exploración de la empresa "BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS S.A."ARTICULO 2º.- Ejercer el control aduanero a través de los funcionarios de la Aduana de SAN JUAN.ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia de la presente a la REGION ADUANERA MENDOZA, DIRECCION NACIONAL DE POBLACION y MIGRACIONES, DIRECCION DE LIMITES Y FRONTERAS DE LA CANCILLERIA ARGENTINA, GENDARMERIA NACIONAL, y a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR. Cumplido, archívese.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESOLUCION GENERAL Nº 324Cont.Púb. Jorge Eduardo SANDULLODirector GeneralDirección General ImpositivaA/C ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSResolución General Nro. 324/1998ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSResolución General Nro. 324/1998ADUANASPASO "PASCUA LAMA" (ADUANA DE SAN JUAN)Publicada en el Boletín Oficial del 07/01/1999Número: 29058 Página : 4 Bs. As., 30/12/1998Resumen: SU HABILITACION.-Texto completo de la normaADVERTENCIA: Se hace saber a los usuarios que la información contenida en INFOLEG puede ser consultada en el Boletín Oficial de la República Argentina. Esta norma modifica y/o complementa a 1 norma. Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.(Fuente Infoleg del Ministerio de Economía y Producción)-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCION N° 56/98 (DGA) – (SDG OAI).Extender habilitación del Paso Fronterizo "Proyecto PASCUA – LAMA". Aduana de SAN JUAN.BUENOS AIRES, 11 de Mayo de 1998VISTO, lo requerido por la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, mediante Fax N° 155 del corriente año, yCONSIDERANDO:Que por la citada comunicación, la DIRECCION DE SEGURIDAD DE FRONTERAS solicita la extensión de la habilitación del Paso Fronterizo "Proyecto PASCUA – LAMA" concedida hasta el 15 de mayo de 1998 por Resolución N° 6/98 (DGA) fechada el 14 de enero de 1998.Que dicha extensión es solicitada hasta el día 31 de diciembre del corriente año.Que el pedido fue transmitido a la mencionada SECRETARIA por parte de la DIRECCION DE LIMITES Y FRONTERAS de la SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.Que la empresa que solicita la extensión del plazo de habilitación para seguir trabajando en el lugar es BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS SA y el área de ingreso al país, es el área delimitada en el Protocolo de Facilitación del Proyecto Minero PASCUA – LAMA, que fue suscripto entre nuestro país y la REPUBLICA DE CHILE.Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2, inciso g), del Decreto N° 618 de fecha 10 de Julio de 1997.Por ello;EL DIRECTOR GENERALDE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANASR E S U E L V EARTICULO 1°.- Extender hasta el 31 de diciembre de 1998 la habilitación del paso fronterizo "Proyecto PASCUA – LAMA" sito en la provincia de SAN JUAN a los 29° 19´ 00" 01 de latitud Sur y los 70° 00´ 50" 21 de longitud Oeste, lugar en el cual seguirán realizándose los trabajos de exploración por la Empresa "BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS SA".ARTICULO 2°.- El control aduanero será ejercido por los funcionarios de la Aduana de SAN JUAN.ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Remítase copia de la presente a la DIRECCION NACIONAL DE POBLACION Y MIGRACIONES, GENDARMERIA NACIONAL, a la DIRECCION DE AMERICA DEL SUR y a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR. Cumplido, archívese.Fdo. OSMAR LUIS DE VIRGILIODIRECTOR GENERALDIRECCION GENERAL DE ADUANASADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

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